lunes, 23 de diciembre de 2013

Incentivos para las empresas de reducida dimensión – Las Amortizaciones 2013

Los siguientes incentivos se aplicarán cuando el importe neto de la cifra de negocios del periodo impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros

Incentivos:

Libertad de Amortización

Afecta a los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha del inicio del período impositivo en que los bienes adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la empresa se incremente respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores.
  • Que el citado incremento se mantenga otros 24 meses

La cuantía que podrá beneficiarse del régimen de libertad de amortización será la que resulte de multiplicar la cifra de 120.000 € por el referido incremento calculado con dos decimales.

Es incompatible con:
  • La bonificación por actividades exportadoras, respecto de los elementos en los que se reinviertan los beneficios objeto de aquella.
  • La reinversión por beneficios extraordinarios, respecto a los elementos en los que se reinvierta el importe de la transmisión.

Libertad de amortización para inversiones de escaso valor

Afecta a los elementos de inmovilizado material nuevos cuyo valor unitario no exceda de los 601,01 euros. Estos elementos podrán amortizarse libremente, hasta el límite de 12.020,24 euros.

Amortización Acelerada

Afecta a los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias los cuales se podrán amortizar multiplicando por dos el coeficiente lineal máximo de amortización previsto en las tablas de amortización oficialmente aprobadas.

Los elementos de inmovilizado intangible con vida útil definida y los fondos de comercio, adquiridos en el periodo impositivo en el que se cumplan las condiciones de empresa de reducida dimensión, podrán deducirse en un 150% de la amortización establecida, teniendo en cuenta las limitaciones de este tipo de amortización.

Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión

Afecta a los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a explotaciones económicas en los que se materialice la reinversión podrán amortizarse en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 3 el coeficiente de amortización lineal máximo previsto en las tablas.

Cuando el importe invertido sea superior o inferior al obtenido en la transmisión, la amortización acelerada se aplicará sobre el importe de dicha transmisión que sea objeto de reinversión


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