jueves, 29 de diciembre de 2011

Calendario Fiscal Primer Trimestre 2012

Desde el punto de vista de las relaciones de toda empresa o autónomo con la Agencia Tributaria el primer trimestre de cada año viene marcado por la presentación de una serie de declaraciones informativas que facilitan a la AEAT la gestión de los diferentes tributos.

Destacan cuatro fechas críticas; 20 de enero, 30 de enero, 31 de enero y 2 de Abril.

El calendario básico general es el siguiente:

Hasta el 20 de enero ingreso de las retenciones del cuarto trimestre 2011
  • Modelo 111 Trabajadores y Profesionales
  • Modelo 115 Alquileres 
Hasta el 30 de enero Pagos Fraccionados de Renta, IVA y su resumen anual  2011
  • Modelo 130 Estimación Directa
  • Modelo 131 Estimación Objetiva (Módulos)
  • Modelo 303 IVA
  • Modelo 311 IVA Estimación Objetiva declaración final
  • Modelo 390 Resumen Anual de IVA
Hasta el 31 de Enero Resúmenes Anuales de Retenciones de IRPF 2011
  • Modelo 190 Trabajadores y Profesionales
  • Modelo 180 Alquileres

El modelo 347  

La modificación más importante de este año la presenta el Modelo 347, un modelo que recoge las operaciones de más de 3.005,06 € realizadas durante el año natural.


Para el ejercicio 2011 este modelo se presenta el 2 de Abril de 2012 y a partir del próximo año el plazo de presentación se acorta estableciéndose la obligación de presentación en el mes de febrero.

El principal cambio introducido en el modelo es el de la obligación de desglosar la información por trimestres, separando dentro de cada trimestre las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios. Con esta información Hacienda podrá cuadrar las declaraciones trimestrales de IVA presentadas a lo largo del 2011 con la información obtenida del citado modelo.

En este punto conviene mencionar la figura del “decalaje de cuotas”, consistente en trasladar parte del IVA repercutido en un trimestre a otro trimestre posterior dentro del mismo ejercicio. Según la Sentencia de la Audiencia Nacional de 9 de Marzo de 2011 esta práctica evidencia “una ocultación de la realidad material: se ingresa fuera de plazo una cuota tributaria. Causando un claro perjuicio económico a la Hacienda Pública” Lo cual conlleva la posibilidad de ser sancionados aplicándose el régimen sancionador general establecido en la Ley General Tributaria. Advertir que la sanción que puede acarrear esta mala práctica puede resultar muy gravosa para las arcas del contribuyente.

A partir del 2014 las sociedades deberán presentar trimestralmente los libros registros de IVA
La Agencia tributaria estableció el formalismo de presentar telemáticamente el contenido de los libros registro de IVA (con el detalle de facturas emitidas y recibidas) junto con la declaración trimestral de IVA, esta obligación afecta a las empresas obligadas a la presentación telemática de las liquidaciones. Sin embargo, salvo para las empresas inscritas en el registro de devolución mensual de IVA, la aplicación efectiva se ha ido aplazando, en esta línea el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, establece que el cumplimiento de esta obligación será exigible por primera vez para la información a suministrar correspondiente al año 2014.

Link del calendario fiscal completo

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Bibl_virtual/folletos/calendario_contribuyente.shtml

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