miércoles, 12 de diciembre de 2012

Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero


Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración Tributaria la siguiente información: 

Información sobre las cuentas situadas en el extranjero abiertas en entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio de las que sean titulares o beneficiarios o en las que figuren como autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición.

Información de cualesquiera títulos, activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero, así como de los seguros de vida o invalidez de los que sean tomadores y de las rentas vitalicias o temporales de las que sean beneficiarios como consecuencia de la entrega de un capital en dinero, bienes muebles o inmuebles, contratados con entidades establecidas en el extranjero.

Información sobre los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles de su titularidad situados en el extranjero.

Nuevo modelo 720 de declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

Se refunden en un solo modelo informativo las tres obligaciones mencionadas anteriormente y la transmisión de la declaración deberá realizarse obligatoriamente por medios telemáticos. No obstante, se pondrá a disposición de los obligados tributarios un programa de ayuda con el objeto de facilitar tanto la obtención de los ficheros como su adecuada transmisión y que, al mismo tiempo, facilita su correcta cumplimentación. 

La presentación del Modelo 720, “Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero”, se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar. No obstante, la presentación de la “Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero”, modelo 720, correspondiente al ejercicio 2012 se realizará durante los meses de marzo y abril de 2013.

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